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NOM-247-SE-2021

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Autor: Concepto Master Broker - Publicado el: 1 de noviembre de 2023

"Prácticas comerciales - requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados"

Esta es la NOM-547-SE-2021

¿Para quién aplicará estas medidas?

  • Fraccionadores/Desarrolladores
  • Constructores
  • Promotores

Requisitos que los proveedores (promotores, constructores y desarrolladores) deben observar:

  1. Información que debe ponerse a disposición del consumidor.
  2. Los requisitos de los contratos de adhesión.
  3. Los elementos mínimos de las garantías
  4. El derecho de los consumidores a las indemnizaciones por defecto o fallas graves.
  5. Obligaciones en las entregas

Los contratos deben registrarse de forma obligatoria ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), para que no impliquen aspectos como prestaciones desproporcionadas, obligaciones inequitativas o abusivas, cargo de los consumidores o con alta probabilidad de incumplimiento.

Esta NOM establece los requisitos que debe cumplir la publicidad de los productos y servicios para dar información al consumidor o usuario, así como considera la protección del derecho a la información, como objetivo legítimo de interés público.

Como toda norma, se constituye como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor.

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